java.lang.NumberFormatException: For input string: "38946”>Modificado por el Art. 2º del Decreto Nº 1803/95)</a></strong> <br/><br/>Art. 3°.- El cálculo de recursos de cada ejercicio estimará en forma analítica los recursos previstos especificando la naturaleza, origen y monto de cada uno, y agrupado en la forma que determina la Ordenanza de Contabilidad. <br/><br/>Art. 4°.- Las erogaciones se agruparán en la forma que determine el clasificador de las erogaciones presupuestarias y sus prespectivos glosarios (Decreto 2470/93) <strong><a href="